Tipos de empresa según su forma jurídica.
El empresario individual es una persona física que realiza (en nombre propio y por medio de una empresa) una actividad comercial, industrial o profesional.
- Un empresario individual:
- Debe ser mayor de edad.
- Debe tener plena disponibilidad de los bienes propios.
- No tiene una regulación legal específica y está sometido en su actividad empresarial a las disposiciones generales del Código de Comercio en materia mercantil y a lo dispuesto en el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
- Tiene el control total de la empresa como propietario y, a su vez, dirige su gestión.
B. EMPRESA SOCIETARIA
La empresa societaria se caracteriza por tener personalidad jurídica, es decir, por adquirir una personalidad distinta a las de sus propietarios.
Las sociedades las podemos clasificar en sociedades mercantiles o sociedades de interés social.
B.1 Sociedad Mercantil
Esta sociedad está formada por una o diversas personas que reúnen un fondo patrimonial común para colaborar en la explotación de una empresa, con la finalidad de obtener un beneficio y participar en el reparto de ganancias. Tienen personalidad jurídica. Todas las sociedades mercantiles deben formalizar su constitución en el Registro Mercantil.
Podemos clasificar este tipo de sociedades de la siguiente manera:
– Sociedades personalistas. Son aquellas en las que la gestión corresponde a los socios y, por tanto, son más importantes las características personales de cada uno de ellos que el capital en sí. Dentro de este grupo se encuentran los siguientes tipos:
Sociedad colectiva
Sociedad comanditaria simple
– Sociedades capitalistas. Son aquellas en las que es más importante la aportación del capital que las características personales de los socios. En estas empresas la gestión no tiene por qué recaer en los socios, ya que se puede contratar a un empresario profesional para tal efecto. Dentro de este grupo se encuentran los siguientes tipos:
- Sociedad comanditaria por acciones
- Sociedad de responsabilidad limitada
- Sociedad anónima
- Sociedad laboral
B.2 Sociedad de interés social.
Se trata de un tipo de sociedad que no pretende obtener un beneficio, sino satisfacer las necesidades comunes de sus miembros. Las empresas más corrientes incluidas en este grupo son las sociedades cooperativas.
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