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domingo, 11 de diciembre de 2016

El contrato de trabajo y la negociación colectiva

El contrato de trabajo y la negociación colectiva.

-¿Qué es un contrato colectivo?

Un contrato colectivo de trabajo, es un tipo peculiar de contrato celebrado entre los trabajadores y los empleadores de una empresa o un sector laboral. Este acuerdo puede regular todos los aspectos de la relación laboral como salarios, jornada, descansos, vacaciones, condiciones de trabajo, representación sindical, etc.
 Las condiciones que establece este tipo de contrato son las condiciones mínimas en las que han de celebrarse las relaciones laborales en su ámbito de aplicación, de tal forma que el contrato que suscriba cada trabajador puede mejorarlas, pero no empeorarlas.

-¿Qué es una negociación colectiva?

La negociación colectiva permite que las partes negocien su contenido, ya sea entre los propios empleadores y sus trabajadores, reunidos en un comité de empresa, o entre asociaciones de estos como sindicatos y centrales sindicales, gremios, patronales y asociaciones profesionales, etc. Si esta negociación falla, los diversos grupos de presión que apoyan a las partes pueden recurrir a otras medidas con las que forzar el acuerdo, como huelgas, manifestaciones o paros patronales.

Este tipo de contrato de trabajo se aplica a todos los trabajadores de un determinado ámbito, como puede ser una empresa, un sector o un lugar geográfico, aunque no todos ellos hayan participado directamente en la negociación colectiva o no estén afiliados a los sindicatos firmantes, aunque puede depender de la legislación de cada país. Por ello, en algunos ordenamientos los convenios colectivos se asemejan en su tratamiento a normas jurídicas de aplicación general, como leyes u otros ordenamientos.

Derecho del trabajo Derechos y deberes del trabajador

¡Hola chic@s! 
Hoy os publico los derechos y deberes de un trabajador. Cómo sabéis un trabajador de una empresa tiene que tener una serie de derechos pero también de deberes.


Todos los derechos de la persona trabajadora, son obligaciones para la empresa y viceversa..

Los derechos y deberes más importantes del trabajador/a son los que se detallan a continuación:

Derechos del trabajador/a:
  • A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.
  • A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos de formación y adaptación, etc.)
  • A no ser discriminados/as para acceder a un puesto de trabajo.
  • A la integridad física y a la intimidad.
  • A percibir puntualmente la remuneración pactada.
  • A las vacaciones.
  • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

Deberes del trabajador/a:
  • Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.
  • Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones de la empresa en el ejercicio de su función directiva.
  • No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad.
  • Contribuir a mejorar la productividad.
  • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

Autoempleo

Bueno chic@s aquí teneis otra entrada nueva dedicada al autoempleo.

-¿Qué es el autoempleo?

El autoempleo es la actividad de una persona que trabaje para ella misma de forma directa en unidades económicas (un comercio, un oficio o un negocio) de su propiedad, que las dirige, gestiona y que obtiene ingresos de las mismas. Es una alternativa al mercado laboral cuando quien necesitando empleo no le es posible o no desea encontrar un empleador. En este caso se convierte en emprendedor.

El autoempleado crea su propio puesto de trabajo (empleado), utilizando su ingenio, su capital y su esfuerzo para generar oferta de trabajo, y a medida que pase de ser un emprendedor a ser un empresario, con el tiempo puede convertirse en un generador de empleo (empleador) para más personas.


-Subvenciones al autoempleo

El gobierno español ha puesto en marcha una serie de iniciativas para incentivar el autoempleo. Una de las mismas es las subvenciones para desempleados que se den de alta como autónomos. Esta subvención forma parte del Programa de Fomento del Empleo Autónomo y busca reducir el número de parados apoyando iniciativas empresariales propias.

La gestión de estos fondos, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, está transferida a las distintas Comunidades Autónomas españolas y cada autonomía, a través de su consejería de empleo establece las condiciones necesarias para percibir las ayudas. Se trata esta de una subvención a fondo perdido destinada a apoyar los primeros pasos de los negocios que los aspirantes a la subvención proponen


-¿Cuál es la diferencia de autoempleo y empresa?


sábado, 10 de diciembre de 2016

Proceso de búsqueda de empleo en empresas del sector

Bienvenidos chic@s un día más a mi blog!!
La nueva entrada habla sobre el proceso de búsqueda de un empleo,los pasos que deben de tenerse más en cuenta , por si algún día os hiciera falta que sepáis más o menos que pasos hacer.
Espero que os resulte de ayuda.


El primer paso que debéis realizar es conoceros a vosotros mismos, es el primer paso y el más importa, sin conoceros os costará más trabajo.


1.1. Conocerte a ti mismo
 Al iniciar la búsqueda de empleo nos solemos encontrar perdidos, por eso queremos ayudarte. Si estás preparado para buscar empleo es importante que tomes en cuenta los siguientes pasos que te proponemos en esta guía para facilitarte el camino hacia el empleo de forma autónoma.


 OBJETIVO Y PERFIL PROFESIONAL
Para que una búsqueda de empleo dé sus frutos, es necesario que antes dediques un tiempo a pensar, qué quiero hacer y qué puedo hacer. Debe haber coherencia entre ambos. Por ejemplo, si quiero ser médico, sé que tengo que tener la licenciatura de medicina.


-Objetivo profesional: ¿Qué quiero hacer? Es la elección de ocupación que quiero llegar a realizar en un periodo de tiempo determinado, a corto, medio o largo plazo teniendo en cuenta mis intereses, necesidades, motivaciones, gustos…
 La definición del objetivo profesional tiene que estar realizada por ti que eres quién inicias la búsqueda de empleo. Si lo defines puedes tener más posibilidades de acceso al mercado laboral e incluso de permanencia en el mismo. Una vez que sabes lo que quieres hacer, tienes que tomar conciencia de lo que eres y puedes aportar al mercado laboral.




1.2. Conocer el mercado laboral
 El mercado laboral está compuesto por tres elementos: la oferta, la demanda y los intermediarios del mercado laboral. La oferta son los puestos de trabajo que ofrece el mercado laboral en un momento dado. La demanda son todas las personas que están en condiciones de trabajar y desean hacerlo. Hoy día asistimos a un mercado de trabajo dinámico y cambiante, por lo que necesitamos actualizar continuamente la información relativa de él, para así poder adaptar nuestra demanda a lo que el mercado laboral oferta.


1.3.Carta de presentación 

DEFINICIÓN:
 La carta de presentación se utiliza acompañando al CV y, al igual que este, la carta es tu tarjeta de presentación. En la carta se reflejan las actitudes, habilidades, capacidades, competencias y motivaciones que posees y que quieras destacar de tu CV.


2.Entrevista
En las entrevistas se valora:


POSITIVAMENTE: Ser desenvuelto, ser tolerante al exceso de trabajo y a la tensión, ser agradable,  capacidad de organización y planificación, capacidad de resolver problemas y plantear soluciones, tener iniciativa, no ser excesivamente agresivo, confianza en uno mismo.

 NEGATIVAMENTE: Ser pasivo, indiferente, no saber estar, prestar poca atención, ser problemático, apariencia descuidada, nerviosismo, ansiedad, estar a la defensiva, mayor interés por lo económico que por el tipo de trabajo, no realizar preguntas sobre el tipo de trabajo, funciones a desarrollar, etc.
















Itinerarios formativos y carreras profesionales.

¡Hola de nuevo chic@s! Espero que vuestro fin de semana haya empezado de lujo!
Hoy os voy hablar sobre los itinerarios, es una información que cuesta de entenderla un poco , por lo menos amí me ha parecido un poco complicada de entender pero espero que os resulte interes






 1.1.- Definición. Por itinerario formativo se entiende, a los efectos del presente plan, el conjunto programado y ordenado de cursos y módulos formativos cuya superación permite la obtención de una capacitación profesional o de una competencia acreditada en un determinado ámbito de la actividad administrativa.


2.1.- Destinatarios. Estos itinerarios formativos podrán ser cumplimentados por el personal funcionario de los Subgrupos C1 y C2 y por el personal estatutario o laboral equivalente.



2.2.- Tipos de itinerarios. Se establecen tres itinerarios formativos.

2..2.1.- Itinerario para la obtención de formación en competencias administrativas básicas sobre gestión de personal. La superación de este itinerario formativo exigirá la realización de las siguientes acciones formativas y el cumplimiento de las siguientes condiciones:


a) Realizar el curso “Gestión básica de recursos humanos” o el curso “Introducción a la gestión de personal en la Comunidad de Madrid (virtual)”, del Área 03, sub- área 3.1, del presente plan de formación.

 b) Superar al menos tres cursos formativos adicionales en las sub-áreas 3.1 a 3.3 o de la sub-área 12.4, de los cuales dos al menos lo serán en las sub-áreas 3.2 o 3.3.

 c) Acreditar en su conjunto un mínimo de 100 horas de formación en las referidas sub-áreas del Área 03 o de la sub-área 12.4.

 d) Haber obtenido en todas las acciones formativas consideradas en el itinerario el correspondiente certificado de aprovechamiento, o de asistencia en el caso de acciones en las que no esté prevista la realización de una prueba final de evaluación.



2.2.2.- Itinerario para la obtención de formación en competencias administrativas básicas sobre gestión económico-administrativa. La superación de este itinerario formativo exigirá la realización de las siguientes acciones formativas y el cumplimiento de las siguientes condiciones:


 a) Realizar el curso “Gestión presupuestaria básica” del Área 04, sub-área 4.1, del resente plan de formación.

 b) Superar al menos tres cursos formativos adicionales en las sub-áreas 4.2 a 4.4, los cuales deberán corresponder al menos a dos sub-áreas de las indicadas.

 c) Acreditar en su conjunto n mínimo de 100 horas de formación en el Área 04.

d) Haber obtenido en todas las acciones formativas consideradas en el itinerario el correspondiente certificado de aprovechamiento, o de asistencia en el caso de  acciones en las que no esté prevista la realización de una prueba final de evaluación.


¡ESPERO QUE PASÉIS BUEN FIN DE SEMANA CHIC@S!